Nos registramos en línea para comprar en librerías digitales y para tomar libros en préstamos en bibliotecas virtuales. Leemos nuestros libros digitales en ereaders y mediante aplicaciones de lectura que nos permiten múltiples funcionalidades. Compartimos nuestros comentarios y anotaciones de lectura, y vemos lo que otros lectores han resaltado en los libros que también leemos. En resumen, participamos en la recién nacida lectura social, pero la mayoría de las veces no somos conscientes de que lo que hacemos puede ser observado y fiscalizado por terceros en los que ni siquiera habíamos pensado. Proteger el derecho a la privacidad de los lectores es el objetivo de la Reader Privacy Act del estado de Califronia (EEUU). La Reader Privacy Act de 2011, o Ley de privacidad del lector, impulsada por el senador Leland Yee y apoyada por la Electronic Frontier Foundation (EFF), ha propuesto una legislación para clarificar las prácticas de libreros, distribuidores digitales y bibliotecarios así como para proteger los datos personales de los lectores en California. De esta manera -y en contra de la Patriot Act, que autoriza la recuperación de los datos de los préstamos de libros en bibliotecas-, esta legislación establecería ciertas garantías de privacidad, tanto para libros digitales como para los libros de papel, para proteger a los consumidores. La EFF señala que las ventas de libros de bolsillo ya son inferiores a las del libro digital y que en 2012 en EEUU habrá más de 18 millones de ereaders. Teniendo en cuenta que los californianos utilizan cada vez más los servicios en línea para buscar, comprar y leer sus libros, es esencial esta ley para preservar y salvaguardar los derechos de los lectores en la era digital. Muchas librerías ya recogen información sobre los lectores y sus compras. Y los servicios asociados a la lectura de libros digitales, la mencionada Lectura Social, pueden recoger información aún más detallada: qué libros se buscan, de qué temas son, cuándo y en qué dispositivos de leen, cuánto dura el proceso de lectura, dónde se abandona ésta, etc., además de las notas digitales realizadas en los márgenes. La ley actual norteamericana no prevé esta nueva realidad digital, por lo que, sin una fuerte protección de la privacidad, los registros de lectura podrían ser objeto de vigilancia por parte del gobierno, que accedería así a valiosa información. Incluso por parte de abogados y fiscales, por ejemplo en casos de divorcio y patria potestad. El propósito de esta ley es que los ciudadanos pueden leer sobre política, religión, salud o lo que se les antoje con la seguridad de que nadie está fiscalizándoles. “La ley actual es completamente insuficiente cuando se trata de proteger la privacidad en la compra de libros, especialmente teniendo en cuenta la creciente popularidad de las compras en línea y de los ereaders”, afirma el senador Yee. ”Las personas deben ser libres de comprar libros sin temor a la intromisión del gobierno y la caza de brujas. Si la policía tiene razones para sospechar irregularidades, pueden obtener una orden para obtener dicha información.” El avance de la tecnología y la mejora de los servicios obtenidos gracias a ella no deben implicar una degradación de los derechos de privacidad.
1 comentario:
Querido Juan:
Tu blog está bárbaro... Felicidades porque es muy muy interesante. Yo os sigo echando de menos... De vuelta en el sector social estoy trabajando en el Observatorio de las Multinacionales en América Latina (OMAL), en formación e investigación, y contenta también, aunque si la tinta de las artes gráficas no hay quien se la saque de encima, la docencia deja huella y crea adicción... Muchos abrazos para todo el equipo del Puerta Bonita y de nuevo felicidades por esta ventana tan linda a las AAGG. Silvia M. Pérez
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